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miércoles, 7 de septiembre de 2022

Limpieza de sangre (1586) de Juan Rico y Mariana de Fonseca

LIMPIEZA DE SANGRE DE JUAN RICO Y DE SU ESPOSA MARIANA DE FONSECA


AHN (Madrid) Legajo 1470-1



Información de la genealogía y limpieza de Juan Rico natural de Gáldar  y vecino de la ciudad de Telde y de Mariana Fonseca, su mujer. 1586


En la ciudad de Telde que es en esta isla de Gran Canaria en 16 días de marzo del año de nacimiento de nuestro señor Jesucristo de 1586 por mí el bachiller Pedro González beneficiado de esta iglesia de San Juan Bautista de esta ciudad en cumplimiento de la comisión del Muy Magnífico Señor el licenciado Francisco Madaleno inquisidor de todas estas islas estando en la sacristía de la dicha iglesia llamé a Antón Suárez Tello escribano de esta ciudad hijo de Juan Tello familiar del Santo Oficio y regidor de esta isla del cual recibí juramento en forma de derecho de que guardan el secreto de lo que ante él pasare y hará su oficio fiel y legalmente el cual debajo del juramento susodicho respondió lo cumplir así y luego fueron llamados los testigos siguientes

El bachiller Pedro González                  Antón Suárez escribano público


Los testigos del interrogatorio en Telde

1-Bernardino García del Castillo de 55 años

2-Juan Tello regidor y familiar del Santo Oficio de 68 años

3-Bartolomé Pérez, alcalde de esta ciudad de Canaria, de 66

4-Esteban Hernández de Rosiana vº de Telde de 70 años

5-Juan Justo Gómez vecino de Telde de 70 años

6-Guillén Castellano familiar del Santo Oficio vº de Telde de 70 años

7-Juan Vélez de Valdivieso vº de Telde de 73 años

8-Diego Ramírez vº de Telde de 67 años

9-Luis González vº de Telde de 60 años

Fdo: Antón Suárez, escribano público

 Las preguntas del interrogatorio y las respuestas generales

1 Primeramente si conocen al dicho Juan Rico de cuya información se trata, declaren los testigos cómo es el conocimiento y de cuánto tiempo y la edad que tiene

Todos los testigos declaran que lo conocen desde tiempo atrás y coinciden en que su edad es de más de 30 años

2 Ítem si conocen a Diego Gutiérrez Rico y María Hernández, padre y madre del dicho Juan Rico, y si saben de dónde son naturales y han vivido y sido vecinos y de cuánto tiempo y cómo es el conocimiento

Todos los testigos declaran que Diego es natural de Guía o de Gáldar y que María es canaria safia (pura) y ha nacido en Telde y que de esta ciudad fueron vecinos hasta que murió Diego Gutiérrez. Dos de los testigos nos informan que María Hernández casó posteriormente en segundas nupcias con Francisco Hernández.

El tº nº 1 señala que María es “canaria safia” y que Diego lo tiene por “de las islas”

El tº nº 8 añade que Diego Gutiérrez es natural de Gáldar si bien “su ascendencia o abolengo es natural de Lanzarote”

3 Ítem si conocen o conocieron a Alonso de Ávila y María Hernández padre y madre de la dicha María Hernández y abuelos por parte de madre del dicho Juan Rico y si tienen noticias de los demás ascendientes de parte de madre del dicho Juan rico, declaren cómo es el conocimiento y de qué tiempo y de dónde son naturales y han sido vecinos y tenido domicilio.

Los testigos confirman conocer a los abuelos maternos de Juan Rico y que ambos son naturales canarios con algunas matizaciones que a continuación señalamos:

El testigo nº 3 nos precisa que “el dicho Alonso de Ávila casi no hablaba bien la lengua española”

El tº nº 4 conoció a Alonso de Ávila pero no a su mujer pero sabía que eran vecinos de esta ciudad y que eran “canarios de nación”

El testigo nº 5 nos amplia la ascendencia materna canaria cuando dice que “conoció a Hernán González, bisabuelo de Juan Rico por parte de madre”

Los testigos 7  y 8 reiteran que son “naturales canarios safios sin mezcla alguna” 

4 Ítem sean preguntados los testigos por las preguntas generales de la ley

En respuesta a esta pregunta cada testigo nos informa de su edad aproximada afirmando que cumplen con las generales con esta matización:

El testigo nº 7 nos dice que “su abuela se da por pariente del abuelo de Juan Rico, padre de su padre”

5 Ítem si saben que el dicho Juan Rico de cuya información se trata es hijo de los dichos Diego Gutiérrez Rico y María Hernández y por tal su hijo legítimo y sabido y tenido y comúnmente reputado, digan y declaren los testigos cómo saben la filiación.

Todos los testigos confirman lo contenido en esta pregunta con la aclaración por parte del testigo nº 8 de que puede  asegurar la filiación porque “este testigo es su padrino y sacó de la pila al dicho Juan Rico”. El testigo nº 3 añade que “durante el matrimonio procrearon a Juan Rico y a Marcos de Ávila”

6 Ítem si saben que el dicho Juan Rico y el dicho Diego Gutiérrez Rico, su padre, y los dichos Alonso de Ávila y María Hernández, sus abuelos por parte de madre, y los demás ascendientes por parte de madre, todos ellos y cada uno de ellos han sido y son cristianos viejos, limpios de limpia sangre sin raza ni mácula de judíos, moros ni conversos ni de otra secta de nuevamente convertidos  y que por tales son habidos y tenidos y comúnmente reputados y que tal es la pública voz y fama y común opinión y que de lo contrario no habido fama ni rumor y si la hubiera los testigos lo supieran o lo hubieran oído decir y no pudiera ser menos según la noticia que de ellos hay y cada uno de ellos han tenido y tienen

Todos los testigos confirman lo contenido en esta pregunta sin añadido alguno

7 Ítem si saben que el dicho Juan Rico y la dicha María Hernández su madre y los dichos Alonso de Ávila y María Hernández sus abuelos por parte de madre y los demás ascendientes ninguno de ellos han sido condenado ni penitenciado por el Santo Oficio de la Inquisición ni incurrido infamia o nota por la cual se prohíba  al dicho Juan Rico tener oficio público 

Todos los testigos confirman  lo contenido en esta pregunta sin añadir nada.

8 Ítem si saben que todo lo susodicho es público y notorio y pública voz y fama y que todos los dichos testigos y cada uno de ellos son cristianos viejos… 

Todos los testigos confirman lo contenido en esta pregunta sin añadido alguno.

 

 

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En la villa de Santa María de Guía que es en esta isla de Gran Canaria en 13 días del mes de marzo de 1586 este día el muy reverendo señor don Hernando Alonso beneficiado de la dicha villa ante mí el presente notario mostró una carta y comisión del MMS el Ldo. Fco Madaleno, inquisidor de este obispado de Canaria refrendada de Pedro Martínez de la vega su secretario que es la de yuso contenido con más de un interrogatorio de preguntas que todo es sucesivamente lo que sigue:

Y presentada al dicho señor beneficiado obedeciendo lo mandado por el dicho señor inquisidor dijo que está presto de hacer y cumplir todo lo que su merced le ha mandado y en cumplimiento fue  a la villa de Gáldar y yo el presente notario con él donde con todos los requisitos  que por su comisión de su merced manda se guarde se hizo la información siguiente. 

Hernando Alonso                      Juan González notario público

Comisión

Al Reverendo Señor Hernando Alonso beneficiado de la villa de Guía 

Inquisición de Canaria. Guía

Reverendo Señor en este Santo Oficio hay necesidad de ser informados de la casta genealogía y limpieza de Juan Rico vecino de Telde cuyo padre y abuelos por la dicha línea fueron naturales de la villa de Gáldar convendría que vista esta por ante notario que sea cristiano viejo fiel y legal en su oficio y que primero haga juramento de verdad y secreto acostumbrado mande parecer ante sí a las personas más ancianas y que mejor puedan declarar y decir la verdad acerca de lo susodicho y estos que la parte no los nombre ni presente sino con el secreto y recato que viere necesario de los cuales tomará juramento…y que el número de testigos sea hasta ocho o diez…a 12 de marzo de 1586 el Ldo. Fco. Madaleno. Por mandado del Sr Inquisidor, firmado: Pedro Martínez de la Vega

Son solo seis los testigos que pudo reunir el comisionado los cuales declaran en Gáldar a 13 de marzo de 1586:

1-Ramiro de Guzmán vº de Gáldar de 64 años

2-Francisco de Godoy vº de Gáldar de 68 años

3-Ana Rengifo de Herrera viuda vª de Gáldar de más de 70 años

4-Juan de Aguilar vº de Gáldar de 72 años

5-Blas de Betancor, ermitaño de la ermita de San Antonio de Gáldar, de 63 años.

6-Damasio Andrés Barreto vº de Guía de 55 años      

Las preguntas del interrogatorio son las mismas que se dictaron en Telde 

A la primera pregunta, la mitad de los testigos afirma no conocer Juan Rico o conocerlo solo de oídas pero sí afirman haber conocido a su padre, Diego Gutiérrez Rico, que es natural de la villa de Gáldar. Los otros tres testigos conocen a Juan Rico desde muchacho y le otorgan una edad que varía entre 26 y 35 años

A la segunda pregunta, la referida a los padres de Juan Rico, los testigos responden afirmando todos ellos que conocieron a  Diego Gutiérrez Rico, su padre, que era natural de la villa de Gáldar, “de los antiguos de la villa”. Algunos testigos conocen asimismo a María Hernández, su madre.  El testigo nº 2 precisa que “conoció a María Hernández siendo mujer de Francisco Hernández”. El testigo nº 5, como clérigo que es, señala que “los vido casar y velar en la ciudad de Telde donde fueron vecinos”. La declaración más enjundiosa es sin duda la de Ana Rengifa de Herrera, la testigo nº 3, la viuda de Maciot de Bethencourt III, que por su interés genealógico transcribimos casi enteramente:

“De Diego Gutiérrez Rico esta testigo no se acuerda más de que sabe y vido que de Juan Rico el viejo y de María Gutiérrez su mujer quedaron dos hijos varones, que el uno fue García de la Coruña que casó en esta villa con Isabel de la Serna, y el otro Diego Gutiérrez casó en la ciudad de Telde por lo cual no tuvo esta testigo conocimiento con él por su ausencia más de que ha oído decir que vivía en Telde y allí era casado…”

A la pregunta tercera los testigos afirman no saber o no recordar haber conocido a Juan Rico el viejo “por haber muchos años que es fallecido” dice el testigo nº 4 aclarando, eso sí, que “conoció a María Gutiérrez, su mujer, y al dicho Diego Gutiérrez y otros hermanos los cuales conoció por ser vecinos muy cercanos de su padre de este testigo”. El testigo nº 6 no conoció a los abuelos de Juan Rico pero afirma que tuvo noticias de ellos a través de sus padres y otras personas antiguas.

A la pregunta cuarta los testigos responden señalando su edad y declarando no tener parentesco con la parte por lo que las demás cuestiones generales no les tocan.

Al resto de preguntas  los testigos contestan afirmativamente  a lo contenido en las mismas si bien  señalan algunos de ellos, los que lo conocen, que Juan Rico es una persona virtuosa y de buenas costumbres. El testigo nº 1 por otra parte, aunque no lo conoce, nos informa de que tiene a Juan Rico por hijo legítimo  de Diego Gutiérrez Rico y María Hernández “porque como tal le ha visto procurar y pedir los bienes que quedaron del dicho su padre de algunas personas que los tenían…”

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LIMPIEZA DE MARIANA DE FONSECA, MUJER DE JUAN RICO 

En la ciudad de Canaria  a 27 de marzo de 1586

LOS TESTIGOS:

1-Juan Codina, familiar del Santo Oficio vº de esta ciudad de más de 75 años (compadre de Diego Ravelo)

2-Antonio Díaz, capellán perpetuo de la catedral, presbítero de 72-73 años

3-Juan López procurador de causas de esta ciudad de 63 años

4- Agustín Báez Caneca racionero de la catedral de 64 años

5-Antón de la Vega racionero de la catedral de 50 años

 

LAS PREGUNTAS:

1 Primeramente si conocen a la dicha Mariana de Fonseca de cuya información se trata, declaren los testigos cómo es el conocimiento y de cuánto tiempo

Todos los testigos la conocen de trato o de haberla visto desde que nació o era niña excepto el testigo nº 4 que dice que no la conoce. 

2 Ítem si conocen o conocieron a Diego Ravelo y Ana González su mujer padre y madre de la dicha Mariana de Fonseca y si saben de dónde son naturales y han vivido y sido vecinos y de qué tiempo y cómo es el conocimiento

Los cinco testigos declaran haber conocido a los padres de Mariana de Fonseca. A Diego Ravelo lo conocen desde que vino a esta isla desde Portugal siendo mozo (que habrá más de 50 años dice el tº nº 2, y más de 45 años dice el tº nº 3) y a Ana González la conocen desde que tienen recuerdo.

3.Ítem si conocen o conocieron a Gonzalo Ravelo y Mariana de Fonseca padre y madre del dicho Diego Ravelo abuelos por parte de padre de la dicha Mariana de Fonseca y si tienen noticia de los demás ascendientes de parte de padre de la dicha Mariana de Fonseca, declaren cómo es el conocimiento.

Los testigos no saben la pregunta porque afirman que Diego Ravelo era portugués no saben de qué pueblo y sus padres nunca vinieron a estas islas.

4º Ítem si conocen o conocieron a Hernán Moro e Isabel González padre y madre de la dicha Ana González y abuelos por parte de madre de la dicha Mariana de Fonseca y si tienen noticia de los demás ascendientes por parte de madre y de dónde son naturales y han sido vecinos y tenido domicilio, declaren los testigos cómo es el conocimiento y de qué tiempo

            Los testigos excepto el último afirman haberlos conocido y hacen importantes precisiones. El tº nº 1 ha oído decir que la Isabel González era de los Guerras que era gente honrada y principal que había en las islas. El tº nº 2 afirma haberlos conocido desde hace 60 años y dice que el Hernán Moro no era de estas islas porque era portugués y su mujer era de estas islas, de los Guerras. Por último, el testigo nº 3 dice que “entendió que el Hernán Moro era portugués  y la Isabel González, natural, hija de Juan de Sanlúcar al cual este testigo conoció como asimismo conoció a la mujer del dicho Juan de Sanlúcar”.

5º Ítem sean preguntados los testigos por las preguntas generales de la ley

En respuesta a esta pregunta los testigos declaran su edad y señalan que no tiene impedimentos para declarar en razón de parentesco con la precisión por parte de Juan Codina de que “Diego Ravelo, que es ya difunto, era su compadre pero no por eso dejará de decir la verdad”.

6º Ítem si saben que la dicha Mariana de Fonseca de cuya información se trata es hija de los dichos Diego Ravelo y Ana González su mujer y por tal su hija legítima es habida y tenida y comúnmente reputada. Digan y declaren los testigos cómo saben la filiación.

7º Ítem si saben que la dicha Mariana de Fonseca y el dicho Diego Ravelo su padre y los dichos Gonzalo de Rabelo y Mariana de Fonseca su mujer sus abuelos por parte de padre, todos y cada uno de ellos han sido y son cristianos viejos limpios de limpia sangre sin raza ni mácula ni descendencia de judíos, moros ni conversos ni de otra secta de nuevamente convertidos y que por tales han sido habidos y tenidos y comúnmente reputados y de lo contrario no ha habido ni hay fama ni rumor. Y que si lo hubiera los testigos, los testigos lo supieran o hubieran oído decir según el conocimiento y noticia que los susodichos y cada uno de ellos han tenido y tienen.

            Todos los testigos se reafirman en el contenido de la misma si bien el testigo nº 1 amplía la respuesta diciendo en referencia  a Diego Ravelo que “entendió que era hombre noble y así vio este testigo que se le encargó en esta inquisición el oficio de alcaide de las cárceles secretas y se le dio el título de familiar… además… en su aspecto y en su trato parecía un hombre bien nacido y hombre honrado…”

8º Ítem si saben que la dicha Mariana de Fonseca y el dicho Diego Ravelo su padre y los dichos Gonzalo Ravelo y Mariana de Fonseca sus abuelos por parte de padre y los demás ascendientes ninguno de ellos han sido condenados ni penitenciados por el santo oficio ni han incurrido en otra infamia que les impida tener honor y oficio público. Digan y declaren los testigos lo que acerca de esto saben y han oído decir 

Todos los testigos se reafirman en el contenido de la misma

9º y 10º  Ídem en referencia a su madre Isabel González (sic) y sus ascendientes 

            Todos los testigos se reafirman en el contenido de la misma

11º Ítem si  saben que todo lo susodicho es público y notorio y pública voz y fama y que todos los dichos testigos y cada uno de ellos son cristianos viejos 

Todos los testigos se reafirman en el contenido de la misma

Fdo: Juan Martínez de la Vega