jueves, 3 de diciembre de 2020

EL APELLIDO ROMERO Y CEBALLOS

 

“EL APELLIDO ROMERO Y CEBALLOS”

VICENTE J. SUÁREZ GRIMÓN



Del manuscrito “Diario cronológico histórico de los sucesos elementales políticos e históricos de esta isla de Gran Canaria (1780-1814)”, de Isidoro Romero Ceballos, Ediciones del Cabildo de Gran Canaria publicó en 2002 una obra impresa en dos tomos con transcripción y estudio preliminar a cargo del historiador Vicente J. Suárez Grimón quien gentilmente nos ha autorizado a publicar íntegramente en este blog el capítulo primero de dicho estudio titulado “El hombre y el nombre”. Se trata de un memorable estudio biográfico y genealógico de este personaje en el que Vicente J. Suárez Grimón, Catedrático de Historia Moderna de la ULPGC, despliega con minuciosa maestría sus dotes investigadoras. 


EL HOMBRE Y EL NOMBRE

  1.  EL LICENCIADO ISIDORO ROMERO EL I

La familia, o si se quiere, el apellido Romero y Ceballos irrumpe en la Historia de Canarias, en particular en la de Gran Canaria, a fines del siglo XVII. Sus orígenes, aunque naturales como los de todos los humanos o seres vivos, son modestos y tiene visos de ilegitimidad que el propio Isidoro Romero, como ha señalado Néstor Álamo, se encarga de solventar recomponiendo el apellido del padre adoptivo del primer Romero hasta convertirlo “en el sonoro, retumbante y encandilador Romero y Tello de Medina, sobrenombres en Gran Canaria de viejos ecos teldenses” (Néstor Álamo: Prólogo y notas en Agustina González Romero “La perejila” LPGC 1983). No obstante y en descargo de Isidoro de la Concepción Romero el I hay que señalar que no usó de los apellidos Tello de Medina pues fueron sus hijas y nieto los que se los atribuyeron.


El primer Romero, llamado también Isidoro, nace en la isla de La Palma en 1684 teniendo por madre a María de Aguilar Brito y de padre desconocido. En su “Diario” el cronista Isidoro Romero Ceballos cita a don Diego Romero de Carreño, el presbítero y hacedor del Cabildo Catedral que estando en La Palma lo adoptó cuando contaba cuatro años de edad como padre del primer Romero a quien en las partidas de su familia le añade el Tello de Medina. Esa paternidad de adopción deja la puerta abierta a la sospecha de que don Diego Romero fuera el padre natural de Isidoro Romero el I. Néstor Álamo se hizo eco de estos orígenes impuros de Isidoro Romero el I cuando en referencia a su madre habla de “aquella ramita de amulatada canela que se llamó, la llamaron después, doña María de Aguilar y Brito, señora que parece haber figurado en ese tipo humano que las barajeras llaman mujer revuelta en color” (Ibídem).


Los visos de ilegitimidad no impiden que los Romero que ahora nos ocupan logren, en un proceso de apenas tres generaciones, encaramarse entre la élite de la isla de Gran Canaria y de la Ciudad de las Palmas: estudios, comercio, tierras y casas, milicias, posesión de vínculos y regidurías, etc., son las señas de ese ascenso social. El licenciado don Isidoro Romero, casado con doña Andrea Vibero del Toro, representó la primera generación; su hijo, el también licenciado don Antonio Romero Vibero, casado en Caracas con doña Juana Ceballos Guerra, lo fue la segunda; y por último el bachiller y cronista don Isidoro Romero y Ceballos, casado en Fuerteventura con doña Josefa Magdaleno, representará a la tercera generación. Este último no solo heredará un apellido lleno de lustre sino que completará el ascenso con la adquisición en 1785 de un oficio de regidor en el Cabildo de Gran Canaria y con el disfrute a partir de 1787 y 1788 de las rentas que le proporcionaba un vínculo fundado por sus tías Ana y Gerónima Romero.


En conclusión, los Romero, en sus tres primeras generaciones, son un buen ejemplo de la movilidad social que siempre caracterizó a la sociedad canaria de la época moderna, sobre todo en el siglo XVIII cuando la ideología liberal contribuye a favorecer aún más la  igualdad de oportunidades, permitiendo que los nuevos grupos emergentes de extracción burguesa mercantil o liberal dominen el Cabido de la isla ante la retirada o absentismo de los regidores que tradicionalmente habían pertenecido a la terratenencia insular y que se autoestiman nobles.

Don Isidoro Romero el I fue, en palabras de Néstor Álamo, el fundador de la oblicua rama de los Romero de Gran Canaria. Como ya se ha dicho, nació en la isla de La Palma el 29 de enero de 1684 y cuando contaba cuatro años de edad fue traído a Gran Canaria por el presbítero don Diego Romero Carreño Tello de Medina después de prohijarlo con consentimiento de su madre, María de Aguilar Brito. En Gran Canaria fue criado y educado con todo esmero por el citado presbítero hasta que se produjo su fallecimiento en 1703. Al morir don Diego Romero, no quedó desamparado pues dejó dispuesto a sus herederos que costeasen sus estudios mayores en la Universidad de Sevilla o en cualquiera otra con el objeto de que “logre su voluntad, que es ser eclesiástico”.

A principios de 1704, recién muerto su “padre adoptivo” y cumplidos los 20 años marchó a Sevilla donde permaneció por espacio de cinco años estudiando leyes. En 1709, después de recibirse en Madrid de abogado decidió y preparó su regreso a Gran Canaria. El 6 de enero de 1716 contrajo matrimonio con doña Andrea Vibero del Toro, hija de don Francisco A. Vibero y doña Ana Ángela del Toro, esta última hija del escribano Gerónimo del Toro y Noble y de doña María Antonia de la O Suárez.


  1.  EL LICENCIADO ANTONIO ROMERO Y VIBERO

Doña Andrea Vibero y don Isidoro Romero murieron el 31 de enero de 1757 y el 3 de octubre de 1762 respectivamente, habiendo procreado durante su matrimonio siete hijos, a saber: Antonio Javier, Francisco de Borja, Ana Antonia, Josefa Isidora, Gerónima Micaela, Teresa y Francisco Javier. Antonio Javier, el primogénito y continuador de la familia en segunda generación nació el 10 de mayo de 1725; a mediados de  1744, cuando aún no había cumplido los 20 años, dejó las islas para marchar a Granada a realizar sus estudios mayores en Leyes. Después de recibirse como abogado en la Chancillería de Granada el 24 de octubre de 1746, regresa a Gran Canaria a fines de dicho años abriendo su despacho o estudio en la casa de sus padres en la Calle de los Portugueses e incorporándose el 4 de febrero de 1747 con los demás abogados de la Audiencia.

El horizonte insular se hizo demasiado pequeño para don Antonio Romero y el 24 de octubre de 1748 se embarca para la provincia de Caracas en el navío Nuestra Señora del Carmen, alias “La Propatria” que con registro de Gran Canaria salió del Puerto de la Luz en dirección hacia el de La Guaira. En tierras americanas continuó ejerciendo como abogado después de que la Audiencia de Santo Domingo, de quien dependía jurídicamente la provincia de Venezuela o de Caracas, le reconociera su título en 1749. Asimismo, contrajo matrimonio el 28 de noviembre de 1750 en la ciudad de Caracas con doña Josefa J. Ceballos Guerra, natural de Caracas e hija de don Juan A. Ceballos Guerra y doña Juana M. Montes.



En 1760 don Antonio Romero tomaba la decisión de dejar Caracas y viajar a España, vía Canarias, convencido de que el único medio de hacer fortuna era el alto o gran comercio. Desde Caracas marchó a La Guaira en compañía de su primogénito Isidoro, embarcándose en la fragata El Bien Común, su capitán José Botino, que iba a  cumplimentar el registro desde La Guaira a Tenerife. Su marcha coincidió con la celebración de los festejos que conmemoraban el acceso de Carlos III al trono de España y tras dos meses de navegación arribaron al puerto de Santa Cruz el 18 de junio de 1760. En la balandra del maestre Sebastián de Ortega hicieron el viaje hasta Gran Canaria, a cuyo Puerto de la Luz arribaron al amanecer del día 17 de julio del citado año.

Don Antonio Romero, tras permanecer algo más de un mes en la Ciudad de Las Palmas y dejar a su hijo Isidoro en casa de sus padres y abuelos continuó viaje en dirección a la Corte donde obtuvo de Carlos III “la permisión de navegar un registro para Caracas”. Adquirida la nave, a la que puso por nombre Nuestra Señora del Pino, alias “La Hermosa”, por la gran devoción que profesaba a dicha imagen, arribó de nuevo a Gran Canaria a principios de 1762 y no partió para Caracas hasta mediados del año siguiente debido al litigio suscitado por varios cargadores porque no les quiso firmar los recibos de las toneladas que tenían a bordo para ocupar en el viaje de vuelta el mismo buque con cacao. Tal circunstancia le permitió estar presente en el acto de la muerte de su padre, ocurrida el 3 de octubre de 1762.


Resueltos todos los pleitos, el navío La Hermosa pudo partir finalmente para el puerto de La Guaira a fines de julio de 1763, llegando a su destino a mediados de septiembre. El viaje de vuelta, ante la mala salida que tuvieron los productos, no se pudo disponer hasta principios de 1766. En esta ocasión, don Antonio Romero dispuso que le acompañase toda su familia al completo y “todo lo más grueso de su hacienda”. En febrero arriban al Puerto de la Habana, reemprendiendo la navegación el 3 de marzo de 1766 en compañía de una “fragatilla o barco pequeño”. Cuando navegaban por el “famoso canal de Bahamas” les sobrevino una tormenta que acabó desarbolando y hundiendo la nave, “de la cual, ni de los que venían dentro, se ha sabido hasta hoy (1774)”. El hundimiento de la fragata produjo gran consternación y sentimiento, no solo por las pérdidas de vida humanas sino por las grandes pérdidas económicas que ocasionó a los naturales de las islas. No obstante, durante algunos años se mantuvo viva la esperanza, sobre todo por los rumores esparcidos de que la fragata hubiese arribado a otros puertos (La Carolina, Virginia, Nueva York).


  1.  EL BACHILLER ISIDORO ROMERO CEBALLOS

Como consecuencia del naufragio, Isidoro Romero y Ceballos, a la sazón residiendo en Gran Canaria, se convirtió en el único superviviente de la familia. Había nacido en Caracas el 1 de mayo de 1751 siendo el mayor de seis hijos habidos en el matrimonio de don Antonio Romero y Josefa Ceballos. En 1760, cuando aún no había cumplido los 9 años, viajó con su padre a las islas para continuar sus estudios y recibir l bendición de su abuelo Isidoro Romero el I. Su encuentro con la isla de Gran Canaria y ciudad de Las Palmas se produjo en la mañana del 17 de julio de 1760 y apenas dos semanas más tarde ya empezó a asistir al colegio de los jesuitas para perfeccionar su letra. Tras la expulsión de los jesuitas (1767), estudió Filosofía en los dominicos de Las Palmas. A mediados de 1769, cuando aún no había cumplido los 20 años, decide seguir los pasos de su padre y abuelo marchando a Salamanca a estudiar Leyes, a cuya ciudad aportó el 10 de octubre después de realizar un viaje por mar y por tierra de algo más de tres meses de duración. En Burgo de Osma tomó ese mismo año el grado de Bachiller y a principios de mayo de 1770 decide abandonar salamanca, entre otras razones por el rigor del clima, en dirección a Madrid “no sin algún sentimiento por no haber padecido en ella quebranto mayor”. De Madrid marchó a Sevilla y de aquí a Cádiz para regresar a Gran Canaria por hallarse “habilitado ya en la facultad de Leyes”, objeto fundamental de su viaje, y porque “la vida de forastero se me iba haciendo pesada y las comodidades de mi casa las empezaba a echar de menos”. (Diario y relación de los viajes dados por el bachiller don Isidoro Romero y Ceballos desde abril de 1760 hasta agosto de 1772)


A principios del mes de julio de 1772 se embarcó en Cádiz en una balandra irlandesa que partió de dicho puerto rumbo al de La Orotava, continuando viaje por tierra hasta Santa Cruz donde a principios de agosto se embarcó para Gran Canaria, arribando a la ciudad de Las Palmas a las 9 de la noche del 5 de agosto de 1772 después de permanecer tres años ausente de ella. Aunque Isidoro Romero fue capellán de la capellanía fundada por don Pedro Cabrera Linzaga, prior de la S.I.C. y compadre de don Isidoro  Romero el I, en 1774 renunció a su posesión en “atención a estar con ánimo de liberado de no seguir el estado eclesiástico y sí el de secular”. Es muy probable que la decisión de seguir el estado secular estuviera motivada por la desaparición de toda su familia más directa ene l naufragio de la fragata La Hermosa, lo que le convirtió en cabeza y continuador dela familia Romero. Ya que los miembros de otras ramas de la familia o bien permanecieron solteras (sus tías) o abrazaron el estado eclesiástico (su primo). Por real cédula expedida en Aranjuez el 11 de mayo de 1770 se le concedió licencia para regir y administrar sus bienes y haciendas sin autorización de curador ni otra persona alguna.


En 1776, cuando todavía no había cumplido los 25 años, contrajo matrimonio con doña Josefa Magdaleno Estrada Sánchez, natural de Fuerteventura e hija del capitán José A. Magdaleno y doña María Estrada. De este matrimonio nacieron once hijos y solo siete sobrevivieron a su padre cuando este murió en 1816, incluido don Tomás “que se halla en las Américas sin saberse de su existencia”. Continuador del linaje fue su primogénito Pablo Romero, casado en 1801 con Isabel de Matos y muerto en 1810, víctima de la epidemia de fiebre amarilla que en dicho año atacó la ciudad y puerto de Santa Cruz. No obstante dejó descendencia figurando como mayorazgo don José Pablo Romero y Matos y don Pablo Romero y Palomino.


Tras su regreso del viaje de estudios a Salamanca. Romero y Ceballos se integró plenamente en la ciudad de Las Palmas e isla de Gran Canaria. Las reformas administrativas de Carlos III le permitieron acceder en dos ocasiones al Cabildo de la isla como diputado del común. En los bienios de 1777-78 y 1781-82 resulto elegido diputado del común por el distrito de Vegueta lo que no entrañaba gran diferencia respecto a los regidores perpetuos del Cabildo dado que la real cédula de 5 de junio de 1769 dispuso que en las islas los diputados tuviesen las mismas facultades que los regidores, tratándose como regidores añales en todos los asuntos tocantes al gobierno y beneficio común de sus naturales.


Su experiencia como diputado del común y el elevado número de sus regidurías perpetuas vacantes le animaron a adquirir, el 2 de julio de 1785, el oficio de regidor que habían ejercido el capitán Juan Bautista de Meneses Argirofo y Pedro Tomás Bravo y que perteneció a los Salvago. En Aranjuez, el 12 de diciembre de 1786, se le expidió título real y al año siguiente tomó posesión, ejerciendo como tal regidor perpetuo hasta el año de 1816 en que se produjo su muerte. Incluso ene l paréntesis constitucional de 1812-1814 en que el cabido de la isla se convierte en Ayuntamiento de Las Palmas, Romero y Ceballos continuó formando parte del mismo en calidad de regidor constitucional.


Como regidor perpetuo del Cabildo de la isla desempeñó diferentes cometidos que iban de sde las más cotidiana tarea de la diputación de mes que, en unión del diputado del común, se encargaba de los abastos hasta las más específicas comisiones o diputaciones de corte (dirigir representaciones al rey y Consejo) de obras, limpieza y composición general de calles, arreglo de gremios, etc., pasando por su pertenencia a la Junta de Sanidad o la Junta de Montes. Desde julio de 1791 fue nombrado procurador mayor del Cabildo en las ausencias y enfermedades del titular, que lo era don Antonio Romero Zerpa y en el cabildo de 2 de enero de 1792 se le nombró procurador mayor propietario, cargo que desempeñó durante varios años.


Isidoro Romero y Ceballos siendo regidor perpetuo del Cabildo de Gran Canaria pretendió adquirir en 1794 el oficio de alguacil mayor que llevaba anexa una regiduría con voz y voto en dicho Cabildo, vacante por la muerte del último alguacil mayor don Diego Isidoro Botello sin haber hecho renuncia del mismo. La preeminencia de voz y voto, es uso de bastón como signo de jurisdicción y los emolumentos que percibía en la entrega de presos, ejecuciones y posesiones lo hacían muy apetecible no solo por el mayor honor, estimación y utilidad que proporcionaba sino también por ser el de mayor valor entre los demás empleos del Cabido. Pero solo fue una pretensión porque la Cámara acabó despachando título de alguacil mayor el 23 de octubre de 1797 en favor de don Miguel Manzano, subteniente del real Cuerpo de Artillería, por haber hecho una mejor oferta que la de los demás pretendientes.


Como contrapartida, el 1 de septiembre de 1795 fue nombrado Juez Subdelegado de Indias y Marina en Gran Canaria, nombramiento hecho por el comandante general al haber recaído en él de forma interina los empleos de Juez Superintendente de Indias y Subdelegado de Marina por muerte de Bartolomé Casabuena. Este empleo llevaba aparejado el uso de bastón y la pretensión de Romero y Ceballos de hacer uso de él en las funciones a las que asiste el cabildo dio origen a un tenso y dilatado conflicto con el corregidor Martínez Baños y compañeros del ayuntamiento, con intervención incluso de la Audiencia, en el que hubo prisiones, multas, negativa al pago por fuerista e inasistencia de Romero a las funciones públicas. Más que en impedir que Romero usase el bastón en la s funciones públicas la razón de ser del conflicto no era ptra que acabar con la jurisdicción privativa de la Subdelegación de Indias y marina que “es el blanco de la emulación del Cabildo y sus concejales como dependientes de la jurisdicción ordinaria que es su favorita”. Tan dilatado conflicto se resolvió el 4 de agosto de 1807 cuando el Consejo, previa consulta hecha al rey de 22 de enero, resolvió que “ Romero y Ceballos no use de bastón en el ayuntamiento pero sí en los actos públicos”. Digamos asimismo que Romero y Ceballos también hizo carrera en las Milicias Canarias alcanzando el grado de capitán en la segunda compañía del regimiento de Las palmas, uno de los tres existentes en la isla junto a los de Telde y Guía.

Pero Romero y Ceballos, además de regidor perpetuo del Cabildo de Gran Canaria, fue regidor constitucional del ayuntamiento de Las Palmas después de que  la Constitución de Cádiz, promulgada el 19 de marzo de 1812, modificase el antiguo sistema de gobierno político y administrativo de las islas basado en un régimen municipal único: el Cabildo o Concejo con sede en las ciudades capitalinas. El domingo 6 de septiembre de 1812 se juntaron en las casa consistoriales los 24 electores o compromisarios elegidos el día anterior por el vecindario de la ciudad de Las Palmas y procedieron a la elección del primer y tenientes de alcaldes, doce regidores dos síndicos personeros. De los antiguos regidores perpetuos solo dos, Isidoro Romero y el Conde de la Vega, resultaron electos para formar parte del primer ayuntamiento constitucional de Las palmas presidido por don Pedro Rusell. Tanto uno como otro continuaron formando parte de dicho ayuntamiento tras la renovación de la mitad de sus componentes a fines de diciembre de 1813, pasando ahora a presidir la corporación el marqués de Torrehermosa y Acialcázar. Este ayuntamiento constitucional rigió la vida municipal de la ciudad de Las Palmas hasta mediados de 1814 en que, derogada la Constitución de 1812 tras la vuelta de Fernando VII, se vuelve a implantar el Cabildo como régimen municipal único y Romero y Ceballos sigue formando parte de él hasta su muerte en 1816. La tarea llevada a cabo por este primer ayuntamiento constitucional no fue buena y así lo recoge el propio Romero y Ceballos en su “Diario”. 


En 1816 cuando contaba 66 años de edad murió don Isidoro Romero y Ceballos víctima de un ataque de hidropesía de pecho, siendo sepultado el día 18 de marzo en el cementerio civil de Las Palmas. Su mujer le sobrevivió algo más de una década. No otorgó testamento, tan solo pudo hacer un codicilo el 2 de marzo de 1816 debido a “algunos achaques de enfermedad”.


  1.  CONCLUSIÓN

Si en un proceso clásico de tercera generación el apellido y familia de Romero logra encumbrarse en los escalones más altos de la sociedad isleña, otro tanto podría decirse sobre su patrimonio familiar. La formación de este no solo se vio determinada por factores económicos, por la legislación y las costumbres relacionadas con el sistema de herencia, sino también por la propia historia demográfica de la familia (hijos, matrimonio, muerte, viudedad, celibato) y las relaciones familiares. Sin duda algina, el episodio del naufragio del navío Nuestra Señora del Pino, alias “La Hermosa”, con la muerte de don Antonio Romero y sus hijos  resultó determinante para la reunión en cabeza de don Isidoro Romero y Ceballos de un importante patrimonio de carácter libre y vincular. No obstante, conviene señalar también que si la fragata La Hermosa hubiera llegado sana y salva a los puertos canarios la fortuna de los Romero se habría duplicado o triplicado en función de los beneficios del registro o de los capitales que don Antonio Romero obtuvo por la venta de sus propiedades en Caracas.

En cabeza de Isidoro Romero y Ceballos, sus tías Ana y Gerónima Romero fundaron un vínculo el 10 de noviembre y 11 de diciembre de 1787 y el 31 de diciembre de 1788 por el “mucho amor” y ser “el varón de más edad y proximidad en mi familia y el único secular que hay de ella con descendencia”. (AHPLP Escribano Manuel Román Falcón L 1811, f 460, año 1787)


Las rentas que proporcionaban los bienes de su dotación, en su mayoría situados en las actuales jurisdicciones de Teror y Valleseco, garantizaron la subsistencia de la familia Romero en las tres siguientes generaciones (su hijo Pablo y su viuda, su nieto José Pablo y su bisnieto Pablo) hasta que las leyes desvinculadoras trastocaron el régimen vincular de la propiedad. Por muerte de su padre, Antonio Romero heredó de sus abuelos, Isidoro Romero el I y Andrea Vibero, en concepto de bienes libres varias propiedades rústicas y urbanas a las que se sumaron las que él mismo compró, incluido el oficio de regidor perpetuo del Cabildo, durante la sociedad legal del matrimonio con doña Josefa Magdaleno. La fortuna o bienes libres adquiridos por don Isidoro Romero y Ceballos, descontada la parte de lucrales y otros legados correspondientes a su mujer, se dividieron en 1818 entre ocho herederos al quedar excluido don Manuel Romero y Magdaleno “por haber fallecido este señor en la América mucho antes que su padre” (AHPLP Escribano Nicolás Oramas L 2086, F 777 v, año 1818)





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