martes, 13 de abril de 2021

APORTACIONES PARA DESCIFRAR EL ORIGEN DEL APELLIDO DEL TORO EN GRAN CANARIA

 

APORTACIONES PARA DESCIFRAR EL ORIGEN DEL APELLIDO DEL TORO EN GRAN CANARIA


JUAN RAMÓN GARCÍA TORRES Y FANEQUE HERNÁNDEZ BAUTISTA



LA VERDADERA ASCENDENCIA DEL PRIMER MARQUÉS DE TORO 


¿ALONSO DE TORO?

N circa 1480 

D antes de 1569



SEBASTIÁN DE TORO 1

(maestre de mozos) 

N circa 1510

Circa 1540

¿MARÍA MUÑOZ?

N circa 1520 Las Palmas

SEBASTIÁN DE TORO 2 el viejo

N 1544 ¿Teror?

D 1609 Teror

Circa 1580

Enlace no conyugal

Enlace Legítimo

Circa 1591


Mujer no conocida 

CATALINA PÉREZ DE VILLANUEVA

(h.d. Diego Pérez de Villanueva y Leonor de Ortega)

SEBASTIÁN DE TORO  3

N circa 1580

1606 

Teror

ANA SÁNCHEZ 

(h d Diego García de Ojeda y Marina Rodríguez)

SEBASTIÁN DE TORO 4



N 1610 Teror

1648

Teror

ANTONIA HEREDIA ESTUPIÑÁN 

(h.d. Cristóbal de Heredia y mujer no conocida)

N circa 1620

D 1687 Teror

BLAS RODRÍGUEZ MAYOR

(h.d. Pedro Díaz y Águeda Mayor)

N 1633 Las Palmas

1658 

Teror

CATALINA DEL TORO HEREDIA

N 1642 Las Palmas

BERNARDO RGUEZ DEL TORO

(I MARQUÉS DE TORO)

N 1675 Teror

D 1742 Caracas

Caracas

PAULA DE ISTÚRIZ Y ESQUIER

 (h.d. Íñigo de Istúriz 

y María de Esquier). 

N Caracas


TORO ES UN INCUESTIONABLE APELLIDO TOPONÍMICO


Toro es en la actualidad un municipio y ciudad española perteneciente a la provincia de Zamora, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.



PRIMERAS NOTICIAS ACERCA DEL APELLIDO  TORO EN GRAN CANARIA (EN LA PRIMERA MITAD DEL S. XVI)


EN EL REGISTRO DEL SELLO


718. 1507 Noviembre 16. Burgos. Confirmación del nombramiento hecho por el concejo de Gran Canaria de Diego de Toro para el oficio de escribano del número de dicha isla, por dejación de Juan Ariñes. El Rey. (Aparece en un anexo dicho escribano como Diego Yanes de Toro)


982. 1513 Junio 15. Valladolid. Orden a las justicias de Gran Canaria, Tenerife, y La Palma, para que ejecuten la sentencia de los contadores mayores que va inserta (Valladolid 1 de Junio 1513), por la que se condenó a Pedro de Porras a pagar 20.397 maravedís a Juan de Herrera, sin costas para las partes. Esta causa se inició cuando Cristóbal de Serpa, almojarife que fue de Gran Canaria, dio cuenta ante Juan de Ariñes, escribano del concejo de dicha isla, de las rentas del 3% de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 1507 a Juan de Herrera y su hermano Álvaro, como procuradores de su padre Diego de Herrera, de las que quedaron 20.397 maravedís de deudas, que Pedro de Porras se comprometió ante Diego de Toro, escribano público, a darlas cobradas antes de 6 meses, so pena de 20.000 maravedís. 


EN EL ARTÍCULO EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD DE LA TIERRA EN TELDE DE BENEDICTA RIVERO


Gonzalo de Toro obtiene un Repartimiento en el Barranco de los Nueve en 1485.


EN PROTOCOLOS NOTARIALES ANTE CRISTÓBAL DE SAN CLEMENTE

A 26 de febrero de 1527

Juan de Villanueva, criador, debe a Alonso de Toro 12 fanegas de trigo.


EN LOS REPARTIMIENTOS DEL CABILDO DE GRAN CANARIA


A 26 de septiembre de 1542 

Alonso de Toro, vecino de la isla, … digo que yo tengo e poseo ha más tiempo de siete años una casa con un poco de sitio de parral que es a do dicen los silos del lentiscal que linda con los dichos silos y con el camino que va desde esta ciudad a Santa Brígida e con las cuevas que posee Montesino que se dicen de Majadero y porque el título de ellas no hallo, pido e suplico me hagan merced de ello…


11 de enero de 1544

Sebastián de Toro 1, maestro de mozos, vecino de esta isla, … suplica le hagan merced de 25 o 30 fanegadas de tierras o las que sus señorías fueran servidos para plantar zumaque que están en el término de Terore, linde con tierras de Villanueva, junto a la laguna de Terore en el valle donde se quemaron las casas de Escobedo e además de le hacer en ello merced vendrá a la isla mucho provecho y ennoblecimiento a causa de haber en ella el dicho zumaque porque lo que se gasta en la isla viene de fuera e vale muy caro y no lo hay todas la veces…


A 10 de noviembre de 1553

Sebastián de Toro 1, vecino de la isla, digo que por vuestras señorías fue fecha merced de un pedazo de tierras que son linde con el Lentiscal encima del horno de cal que esta fuera alindando con el camino que va de Telde a dar a la acequia de los herederos de Juan de Ariniz e lindando con tierras de Belandia e por la cabezada de arriba la montaña de Tafira hasta 6 u 8 fanegadas, o lo que de más hubiere, a vuestras señorías suplico que de nuevo se me conceda porque la data se perdió al escribano con todos sus pregones dado que no se puede haber por ser para zumacal como las quiero y en ello viene utilidad e provecho a esta isla e más que no es tierra que pueda dar pan ni aprovechar para otra cosa…


Nota:

Zumaque: Rhus coriaria en Wikipedia

Conocido popularmente como zumaque, es un arbusto que suele crecer por encima de 1 m de altura (llegando en ocasiones a tres), posee hojas muy verdes con tacto suave que producen un aceite que no es venenoso pero que al contacto con la piel genera una reacción alérgica generando sarpullido. Uno de los principales usos del zumaque es en el empleo en el curtido de cuero debido a su alto contenido de tanino


COMENTARIOS AL RESPECTO:


De los personajes citados que aparecen en los documentos antedichos consideramos que debemos descartar al escribano Diego de Toro y al conquistador Gonzalo de Toro, y esto lo decimos tanto por la ausencia de conexiones como por las evidentes diferencias de rango social. Será con el labrador Alonso de Toro que se inicia, en nuestra opinión, la saga de los Toro de Gran Canaria.

Presumimos una relación de padre a hijo entre este Alonso de Toro y Sebastián de Toro 1, el citado en la documentación como maestre de mozos. El primero recibe un repartimiento en 1535 en el Lentiscal y veinte años más tarde, en 1553, el segundo solicita, por presunto fallecimiento de su padre, (tenemos acreditado que en 1559 la viuda de Toro tiene tierras en la Angostura) una copia de la data recibida por este por pérdida del documento que acredita la posesión de un otorgamiento de tierras, justamente en El Lentiscal.

El primero, Alonso de Toro, dice haber recibido el repartimiento siete años antes de su concesión, en 1535. Parece que puede haber llegado con su familia en los años 20 pues está documentada su presencia en el año 27 ante Cristóbal de San Clemente, en ciertos tratos con el criador Juan de Villanueva de Teror, de ahí que no haya huella de su sucesión en los libros sacramentales pues su presunto hijo, Sebastián de Toro 1, el maestre de mozos, reclama las tierras en 1544, lo que quiere decir que ha nacido necesariamente antes de 1520, muy probablemente fuera de la isla.


OTRAS REFERENCIAS AL APELLIDO DE TORO en el Catálogo de Walter de Gray Birch sobre la Inquisición de canarias.


A 21 de junio de 1524

Confesión de Constanza Hernández, vª de Las Palmas

Miguel de Toro. Una dueña de Miguel de Toro, que Dios haya, (se entiende que es su viuda) lee el futuro a esta y otras mujeres.


Consta por otra parte un Sebastián de Toro 2 en la relación de personas que fueron citadas para testificar en Libro de testificaciones desde 1577 a 1587 Volumen XL (First series). No aparece registrado sin embargo el contenido de dicha testificación.


Sin embargo, atención al dato, Alberto Anaya recoge en su tesis en un listado de procesados por la inquisición  entre los años 1567 y 1605  a un Sebastián del Toro, vecino de Teror, que fue condenado por un delito contra el Santo Oficio a pena de destierro y al pago de 20 ducados.


Esta pista y las recomendaciones de Pedro Socorro nos condujeron al Archivo Histórico Nacional donde localizamos a través del buscador PARES la siguiente documentación que luego extractaremos en lo que aporta de interés genealógico a nuestro trabajo.


La referencia es esta:

Proceso criminal contra Sebastián del Toro AHN 1581/1584

Inquisición 1818 Exp 13


Apelación de Sebastián de Toro, alcalde de Teror y vº de Gran Canaria a la sentencia recibida en el proceso promovido por Alonso Martínez familiar del tribunal de la inquisición de Canarias por haberle injuriado llamándolo “puto judío”.

Pena apelada: Cuatro meses de destierro de la ciudad y del término de Terore y 20 ducados.

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NOTICIAS ACERCA DE SEBASTIÁN DE TORO 1, MAESTRO DE MOZOS A MEDIADOS DEL SIGLO XVI



EN LOS PROTOCOLOS DE HDEZ RASCO Y LUIS HERNÁNDEZ 1550 -1552 de Manuel Lobo y Benedicta Rivero


“Desde muy temprano existieron personas en la Isla que se intitulaban maestros de enseñar mozos. El primero que aparece con este título es Alonso de León, el cual ejercía la docencia en 1529. En 1530 competía con él Cristóbal Dávila. Ocho años más tarde instruía a los muchachos de Las Palmas Gaspar de González. En el año 1550 era el de turno Sebastián de Toro, y dos años más tarde nos encontramos con Juan Alonso que tenía su escuela en la cual enseñaba, además de leer y escribir, doctrina. De ellos Sebastián de Toro es el que más tiempo dura dedicándose a estos menesteres, pues aún en 1561 recibía a un muchacho de 12 años para enseñarle a leer en letra tirada y escribir letra llana.


124. 1550—diciembre 15. Lunes. 399 r f.

Poder general que Andrés López Buenosvinos da a Baltasar Núñez, procurador de causas, y especialmente para que le represente en un pleito que trata Sebastián de Toro, maestro de mozos, sobre un buey que le pide. 


EN LOS PROTOCOLOS DE ALONSO HERNÁNDEZ 1557-1560


A 24 de enero de 1559 

Venta en almoneda por pública subasta que Francisco de Escalona, vecino, tutor y curador de los hijos de Juan Martín, difunto, vº que fue de la Angostura, según tutela discernida que pasó ante Bernardino de Sanjuán, escribano público, hace a Rodrigo de Ojeda de una heredad de huerta que linda por una parte con la huerta de Catalina Téllez de Escalona, por arriba con el risco alto del puerto de Las Galgas, por abajo la huerta que llaman de la viuda de Toro y por el frente con el barranco que viene de Las Palmas. El remate se hizo en 150 doblas y con el cargo de 4 doblas a tributo perpetuo a pagar a Luis Fdez Rasco, vº, más otro de 6 doblas a pagar a Ana Guerra, vecina. Escalona, por las deudas de Martín por la ejecución consiguiente sobre dicha heredad y otras causas justas, solicitó de la Justicia licencia para hacer la venta en almoneda pública…


A 14 de octubre de 1559

Compañía o sociedad que conciertan entre sí Sebastián de Toro 1 y Pedro Alcocer, vº de Sanlúcar de Barrameda, estante, para explotar minas de oro, plata u otra cualquier mina o cosa provechosa que se pueda descubrir en Gran Canaria.


A 29 de julio de 1560

Reconocimiento de deuda que Melchor González y Arias Varela hacen a Sebastián de Toro 1, presentes, vecinos, del caldo de dos botas de vino en mosto de la marca de esta isla de a 11 barriles cada una porque se las compró y pagó a 5 doblas la bota…


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NOTICIAS ACERCA DE SEBASTIÁN DE TORO EL VIEJO EN TEROR



EN EL REGISTRO CENSAL DE TEROR DE 1595


No consta la presencia de Sebastián de Toro, 2 el viejo, (el nacido en 1544 como luego daremos por probado) en el vecindario de Teror en dicho recuento de 1595 si bien sabemos que un personaje homónimo, que estimamos que era su padre, obtuvo repartimientos en el Zumacal en los años 40. 

Sebastián de Toro el viejo era con toda certeza  vecino de Teror en los años 80, y  llegó a ser el alcalde por entonces, al menos  hasta 1584 en que fue condenado en primera instancia por injurias al ropero Alonso Martinez a destierro de la ciudad y del término de Terore por cuatro meses, condena a la que, como queda dicho,  Sebastián de Toro presenta apelación y pensamos que por haber prosperado dicha apelación ante el supremo de la inquisición, (véase el anexo correspondiente) esta no llegó a cumplirse.

Sebastián de Toro antes del año 90 casará con Catalina Pérez de Villanueva, la viuda de Francisco García de Villanueva.  Debieron residir, una vez casados, en la ciudad, pues no constan como tal matrimonio en el citado recuento de vecinos de 1595. Sí están registrados, no obstante, Diego y Juana, hijos de Catalina Pérez de Villanueva y de su primer marido Francisco García, como nietos de Diego Pérez Villanueva y Leonor de Ortega integrados en la unidad familiar correspondiente a sus abuelos.


EN LAS TESTIFICACIONES DE 1606 ANTE HURTADO DE GAVIRIA


En Teror a 24 de octubre de 1606 Catalina Pérez (de 43 años) mujer de Sebastián de Toro, labrador, vecino de esta villa dijo... cómo habiendo muchos años que esta testigo pasaba mala vida con el dicho su marido por tratarla mal y estar a sus ojos amancebado llegó a casa de esta testigo habrá un año fulana Rubia que vivía en un parral de Daniel en la Vega y tratando con esta de las pesadumbres que tenía con el dicho su marido le dijo que le diese doce reales que ella le haría con que lo matara y esta le respondió que matar no, que si ella le quería dar otra cosa para que la quisiese y amase y le respondió la dicha Rubia que de los enemigos los menos y después de ahí a 4 o 5 días volvió la dicha Rubia a casa de esta testigo y le dio unos polvitos hechos pasta como de masa en un trapillo y otro poco de pólvora en otro y le dijo que se lo echase en la comida y esta le dijo que no quería porque comían con él sus hijos de esta y la dicha Rubia le dijo que se lo echase con el vino y que con esto moriría y que cuando cayese malo el dicho su marido le echase una medicina con la pólvora y esta le dio cinco pollos y molió la dicha pasta y se la dio con el vino al dicho su marido pero no hizo efecto ninguno y después se lo dio comer a un perro y tampoco murió por lo cual echó a mal la dicha pólvora y lo que ha dicho es la verdad


En Teror a 24 de octubre de 1606 Amaro García, labrador, vecino de la villa, de edad 25 años, dijo... ...cómo habrá medio año que viniendo este testigo una noche por junto a la puerta de Sebastián de Toro halló en la calle a Catalina Pérez su mujer dando voces y diciendo no hay justicia que está aquí este puro bellaco comiendo carne en vigilia y también salió detrás de ella el dicho su marido y este pasó adelante sin hablar palabra y no había si no es que alguno de los vecinos lo oyese y lo que ha dicho es la verdad...


En la villa de Teror a 26 de octubre de 1606 Catalina Pérez, de 43 años mujer de Sebastián de Toro, vecina de esta villa…dijo… cómo habrá más de doce años que estando esta reñida con su marido por mala vida que le daba, llegó a su casa una negra que llamaban la Polvorina y de nombre a lo que le parece le decían María o Catalina y le dijo que si se lo pagase bien ella le daría con que matase al dicho su marido y esta le dijo que en comida no quería dárselo porque comían con él esta y sus hijos y la dicha polvorina le respondió que se lo daría fuera de comida y así volvió a un hijo suyo que venía con ella y le dijo que esta lo pagaría muy bien que le diese unos polvos y se le dio unos blanquitos para que los echase en la cama del dicho su marido…


En la villa de Teror a 26 de octubre de 1606 Agustín García, de 40 años, ovejero, vecino de esta villa…dijo… cómo habrá poco menos de dos años que estando una noche este testigo en casa de María García, mujer de Juan Estévez, la susodicha tomó un espejo y le puso boca bajo y sobre el piso unas rayas y sobre ellas puso un harnero y sobre el harnero unas tijeras y no le entendió palabra que dijese más de que este le preguntó para qué era aquello y ella le dijo que para sus enamorados. Y asimismo declara que estando este testigo con Sebastián de Toro vecino de esta villa trillando vino el susodicho luego por la mañana y mirando al sol que la salí aclaro y caluroso dijo Válgase el diablo, demonio, ahora vienes quemando y abrasando. Y que por el mes de enero pasado estando el dicho Sebastián de Toro en su huerta del Zumacal, presente este testigo y un tonelero de la ciudad de una nariz gorda, partiendo unos mimbres, el dicho tonelero dijo que había en Tenerife una imagen de nuestra señora que dicen de Candelaria que hacía muchos milagros y el dicho Sebastián de Toro respondió que aquello no podía ser porque solo Dios hacía milagros y diciéndole que también Dios daba a los santos virtud para que los hiciesen, el dicho Sebastián de Toro replicó y porfió que no. Y que antes de ayer oyó decir a Pedro, hijo de Gonzalo Afonso, que había oído decir al dicho Sebastián de Toro, estando presente Hernando, su hijo, y tratando de la comida de un lechón que cuando no tuviera que darle le daría los sesos de los ángeles…


En la villa de Teror a 27 de octubre de 1606 Juan de Ojeda, de 21 años labrador vecino de la dicha villa…dijo…habrá un año que María García, mujer de Juan Estévez, le dijo a este testigo que Amaro García con quien había estado amancebada se había casado y que para saber si estaba bien con su mujer había ido a la ciudad a casa de Ramos una morisca la cual había tomado unas pelotillas y poniéndole a la una el nombre del dicho Amaro García y a al otra de su mujer las había echado para saber lo que deseaba y que se habían apartado las dichas pelotillas por donde supieron que los susodichos habían reñido y también le dijo que estando ligado un Agustín, morisco, esclavo de Toro, lo desenliga la misma Ramos con un freno y le dijo que cuando él no fuera enviándole la camisa también le desenligara y lo que ha dicho es la verdad y que es público en la villa que la dicha María García es hechicera y así se lo llaman en riñendo con ella…


En la villa de Teror a 27 de octubre de 1606 Domingo Rodríguez de 34 años labrador vecino de esta villa…dijo… cómo habrá 8 o 10 años que Catalina Pérez mujer de Sebastián de Toro le dijo a este testigo que llevase a la Ciudad en casa de fulana Polvorina, una negra y trajese lo que le diese y este fue y se lo dijo y ella le mandó aguardar porque había gente dentro y donde a poco rato la dicha Polvorina le dijo que no había orden de lo que le había de dar y este le preguntó qué era aquello que tanto le había encargado se lo llevase y la negra le dijo que si no le descubriese se lo diría y este se lo prometió y le dijo entonces que era un recado para su marido que la trataba mal y, oyendo esto, este dijo que aunque se lo diese no lo llevaría siendo para aquello y asimismo dice que comúnmente ha oído decir en el lugar y a trabajadores que este testigo lleva al campo que María García, mujer de Juan Estévez, es bruja y hechicera pero este no sabe de ella cosa ninguna…


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PETICIÓN DE NOMBRAMIENTO DE DIEGO PÉREZ DE VILLANUEVA ANTE LA JUSTICIA DE LA TUTELA DE SUS NIETOS, HIJOS DE CATALINA PÉREZ DE VILLANUEVA, SU HIJA Y DE FRANCISCO GARCÍA SU PRIMER MARIDO, DIFUNTO. POR HABERSE CASADO EN SEGUNDAS NUPCIAS CON SEBASTIÁN DEL TORO.


ESCRIBANO: ALONSO DE SAN JUAN

LEGAJO:883 FECHA: 28 de enero de 1591


" En Canaria veinte y ocho de henero de mill quinientos y noventa y un años..."

"Diego Peres de Villanueva vesino desta ysla digo que por fallescimiento de Francisco Garçia difunto mi yerno quedaron tres hijos nombrados Diego, Maria y Juana todos tres menores de ocho años y el dicho Francisco Garçia dexo por tutora de los dichos sus hijos a Cathalina Peres su muger a la qual se le desirnio la tutela e Recibio los bienes que le dieron en la particion que de sus bienes se hizo y es asi que la dicha Cathalina Peres se a casado y pasado segundas nunçias con Sebastian de Toro vesino desta ysla por la qual ha yspirado la dicha tutela y no la puede thener e a mi como su aguelo pertenese la dicha tutela.

Pido a vuestra merçed se le mande a la dicha Cathalina Peres dexe la dicha tutela y me la disierna para que pueda administrar los dichos sus bienes que yo ofresco a dar la fiansa y haser lo que mas fuere obligado y pido justiçia"


                         Diego Peres Villanueva





EL TESTAMENTO DE SEBASTIAN DEL TORO, EL VIEJO

ESCRIBANO:  FRANCISCO DE CASARES

LEGAJO:  928 FECHA: A 26 de mayo de 1609


“En el nombre de dios nuestro señor y de su bendita madre la virgen María y de los bien aventurados apóstoles San Pedro y San Pablo amén yo Sebastián del Toro el viejo, vecino de esta isla de Gran Canaria, estando enfermo del cuerpo y sano de la voluntad en mi libre juicio y entendimiento tal cual nuestro señor fue servido de me lo dar y no habiendo en este lugar de Terore [escribano publico] rogué a Baltasar de Arencibia, alcalde de esta Villa, me hiciese una memoria la cual quiero valga por mi testamento en la forma y manera siguiente.

Primeramente, mando mi ánima a dios nuestro señor que la crio y redimió por su preciosa sangre y el cuerpo a la tierra para donde fue reducido.

Ítem mando que si dios nuestro señor me llevare de esta enfermedad en que estoy que mi cuerpo sea enterrado en la iglesia de nuestra señora del Pino en la sepultura que mis albaceas ordenaren, digo que sea en la sepultura donde está mi hermana enterrada.”

(…)


[Misas]


“Preguntado lo que debe dijo que no debía nada a nadie por descargo de su conciencia y que esta era la verdad para el paso en que estaba.

Preguntado lo que le deben dijo que no se acordaba más de que se remite a su libro y viendo las declaraciones que están hechas ante el cura viera si son ciertas o no y se acordara de todo y esto responde a esto y no se acuerda por mermado de otra cosa.

Ítem declaro que los bienes de Catalina Pérez, mi legítima mujer, se sabrán los que son por la cartilla de los partidores a que me remito y se me entregó una huerta y casas en el barrio de arriba y un esclavo y esclava y un hato de ovejas lo demás parecerá en quien lo tuviere y esto declara por descargo de su conciencia sin otra cosa.

Ítem declaro que cuando me casé con la dicha Catalina Pérez traje por caudal mío conocido estas casas donde vivo fueras de censo y tributo y una huerta de arboleda que llaman el Zumacal con las tierras calmas que yo poseo alrededor de él y cantidad de dineros y ropas de vestir, declárolo por descargo de mi conciencia.

Ítem declaro que le den a mis dos hijos Hernando del Toro y Sebastián del Toro por los buenos servicios que me han hecho se les dé a cada uno veinte doblas de moneda de estas islas y me perdonen que por estar pobre no hago lo que yo quisiera con más largueza.

Ítem declaro que durante el matrimonio con la dicha Catalina Pérez hubimos por nuestros hijos legítimos a Félix y Andrés y Alonso y Bartolomé los cuales dejo y nombro por mis legítimos hijos y herederos.

Ítem mando se le dé una capa de luto mía a Hernando del Toro, mi hijo, luego que dios me lleve.

Ítem dejo y nombro por tutor y curador de los dichos mis hijos a mi hijo Hernando del Toro para que entren en su poder los bienes y los tenga en su poder y haga como a mi propia persona y como yo hacía, que tengo confianza de su persona lo ha de hacer bien tomándosele cuenta de (…)

Ítem declaro que mi hijo Hernando [del Toro] me ha pagado la renta del Zumacal de este año y él ha vendido cantidad de trigo y habas en todo se remite a [las] escrituras de venta que en esto hay (…)

Ítem dejo y nombro por mis albaceas y testamentarios al capitán Juan de Quintana y a Hernando del Toro a los cuales y cualquier de ellos doy mi poder...” “ … y del remanente dejo por mis herederos a los dichos mis hijos Félix y Andrés y Bartolomé y Alonso para que todos cuatro los hayan y hereden por iguales partes tanto el uno como el otro y revoco y anulo todos otros cualesquier testamentos o codicilos que haya hecho y otorgado y este quiero que valga por mi testamento y codicilo en aquella vía y forma que mejor (…) de derecho,  siendo testigos Baltasar Arencibia, el Capitán Juan de Quintana y Bartolomé Alonso y Amaro García y Pedro Gutiérrez y Juan Alonso y Alonso Pérez, todos vecinos de esta villa de Terore, que es fecho en 26 de mayo de 1609 años y el dicho Sebastián del Toro lo firmó de su nombre y todos los testigos que supieron firmar lo firmaron de su nombre.

Ítem declaro que en presencia de todos los testigos doy y entrego 200 reales sin contar a mi hijo Hernando del Toro para el hábito y cera y lo demás de mi entierro y para que traiga tres frailes el día de mi enterramiento para que ayude a hacer los oficios mando los gaste y dé cuenta de ello sin que se lo pidan.

Ítem declaro por mis bienes las sementeras que están inventariadas y embargadas."


 Por testigo                                                             Por testigo 

Baltasar                                Bastián                    Alonso Pérez 

Arencibia                              del Toro          


   Por testigo,

   Pedro Gutiérrez.


Firma Sebastián del Toro
Fuente: Archivo Histórico Provincial de Las Palmas
Foto: Juan Ramón García Torres


“En Canaria 31 días del mes de mayo de 1609 años ante su merced el Señor Luis de Mendoza y Salazar gobernador de esta isla pareció Hernando del Toro como hijo y heredero con beneficio de inventario de Sebastián del Toro y presentó este testamento debajo del cual el dicho su padre falleció y lo hizo en el lugar de Terore y por no haber en él escribano ante quien otorgarlo, lo otorgó ante testigos y lo firmó de su nombre como por (…) pedía a su merced mandase comprobar el dicho testamento y que se pusiese en registro para que los interesados diesen los testimonios que les conviniesen y pidió (…) a su merced hubo por presentado el dicho testamento y mandó que se compruebe con los testigos instrumentales de él y se haga averiguación de cómo es fallecido el dicho Sebastián del Toro y estos fechos se le traiga para proveer acerca de lo demás pedido por el dicho Hernando del Toro e para la dicha comprobación y averiguación daba comisión al presente escribano y así lo mandó y firmó.”



 Luis de Mendoza y Salazar                                                Francisco de Casares

                                                                                                escribano publico



[ Testigos que declararon]      a 4 de junio de 1609


- El Capitán Juan de Quintana, de 40 años, poco más o menos.

   Declara que fue testigo del testamento “… y asimismo sabe que el dicho Sebastián del Toro es fallecido y le vio este testigo enterrar en la iglesia parroquial de Terore uno de los días de la semana pasada ...”

- El Capitán Baltasar de Arencibia, alcalde de Teror, de 46 años más o menos.

   Declara que él fue quien escribió el testamento.

- Juan Alonso, de más de 46 años.

- Bartolomé Alonso, 35 años más o menos.

- Pedro Gutiérrez, alguacil de Teror, 60 años.

- Alonso Pérez, 22 años.


“Y después de lo susodicho en 4 de junio de 1609 años su merced el Señor Gobernador de esta isla con acuerdo y parecer del Señor Ldo. Alfaro dijo que declaraba por última voluntad de Sebastián de Toro la del dicho testamento mandó que el presente escribano lo ponga en su registro y dé testimonio de él a los interesados para que puedan pedir su (…) como les convenga y así lo mandó e firmó.”


 Luis de Mendoza y Salazar                                Lcdo. Francisco de Alfaro


                                                                          Francisco de Caseres

                                                                           escribano publico



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HERNANDO DEL TORO 

NOMBRAMIENTO COMO TUTOR DE LOS MENORES, HIJOS DE SEBASTIÁN DEL TORO, SU PADRE


ESCRIBANO: FRANCISCO DE CASARES 

LEGAJO: 928               FECHA: 5 de junio de 1609


“En 5 de junio de 1609 años ante el Señor Gobernador ...”


“Hernando de Toro digo que Sebastián de Toro mi padre en su testamento debajo del cual murió me dejo nombrado por tutor y curador de los demás sus hijos Félix, Andrés Bartolomé y Alonso y por (…) nombrado en el dicho su testamento estoy res(…) de fianzas yo estoy presto de (…) el juramento y obligación (…) que se me discierna el cargo.

A vuestra merced pido e suplico lo mande así y me discierna el dicho cargo y administrar las personas e bienes de los dichos menores e (...)”

                                                                  Hernando del Toro

Firma Hernando del Toro
Fuente: Archivo Histórico Provincial de Las Palmas
Foto: Juan Ramón García Torres


“Su merced mandó hacer los autos”

                      Luis de Mendoza y Salazar


“Y después de lo susodicho en 5 de junio de 1609 años su merced el Señor Gobernador con acuerdo y parecer del señor licenciado Alfaro, abogado de esta Real Audiencia y Regidor de esta de Canaria habiendo visto estos autos dijo que mandaba y mandó que haciendo el juramento el dicho Hernando del Toro que de su voluntad ofrécese le entreguen los bienes pertenecientes a los hijos de Sebastián de Toro sin que tenga (…) de dar [fianza] y para que los gobierne rija y administre las personas de los menores como tiene (…) y el dicho Sebastián de Toro por su testamento le ordena y manda (…)”


        Luis de Mendoza                                         Ldo. Francisco de Alfaro

            Y Salazar                                                      Francisco de Casares

                                                                                  Escribano publico



“Y después de lo susodicho en el dicho día 5 de junio del dicho año de 1609 años ante su merced el Señor Luis de Mendoza y Salazar Gobernador de esta isla por su majestad y por presencia de mí Francisco de Casares escribano público del consejo de esta isla pareció Hernando del Toro vecino del lugar de Terore que doy fe es el contenido y dijo que aceptaba y aceptó el oficio de tutor y curador de las personas y bienes de Félix, Andrés, Bartolomé y Alonso, hijos y herederos de Sebastián de Toro difunto, y juró por dios nuestro señor y a Santa María su bendita madre y por las palabras de los cuatro evangelios y por la señal de la cruz en forma debida de (…) de usar bien fiel y diligentemente el oficio de tutor y curador de las personas y bienes de los dichos menores…”


                     Ante mí                                               Hernando del Toro

           Francisco Casares

          Escribano publico


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DUDAS SOBRE LA ASCENDENCIA DE ANTONIA DE HEREDIA


Según la partida  del matrimonio de Sebastián del Toro y Antonia de Heredia Estupiñán, oficiado en El Sagrario Catedral el 18 de noviembre de 1641, (Libro 3 - Folio 37), la casadera es  hija de don Cristóbal de Heredia pero no se señala en el documento quién es  la madre. 


Con anterioridad en el Libro 2 de matrimonios de El Sagrario a 2 de diciembre de 1628 se registra el matrimonio entre el sargento mayor Cristóbal de Heredia con Inés Jara Cudina.  (Este Cristóbal de Heredia podría ser el hijo homónimo, no lo tenemos claro, cuya partida de bautismo extractamos a continuación)


Bautizo de Cristóbal de Heredia 2:

"Cristóbal, hijo de don Cristóbal de Heredia y de doña Catalina Estopiñán, su legítima mujer, fue bautizado en esta santa iglesia en 19 de mayo de 1595, fue su padrino el Ldo. Lorenzo Borrero, por mí."


   El Bachiller, Melchior Martín Maldonado.


Antonia de Heredia, viuda del capitán Sebastián del Toro, falleció en Teror, el 1 de septiembre de 1687 señalándose en dicha partida que tenía 65 años más o menos por entonces y que no testó por no tener bienes.


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ARBOL DE UN LINAJE HEREDIA EN GRAN CANARIA DESDE SU ORIGEN  EN ÁVILA HASTA LOS ULLOA DE TIRAJANA



JUAN DE HEREDIA

N Ávila



CATALINA DE TORRES

N Ávila


CRISTÓBAL SÁNCHEZ DE HEREDIA

N Verjas (Granada)


FRANCISCA NEGRETE

(h d Juan Morales Negrete e Isabel de Aroca)


CRISTÓBAL DE HEREDIA

N 1569 Almería


CATALINA DE ESTUPIÑÁN

 (h de Sancho Martín de Cubas y Magdalena de Alarcón)

N 1570 Las Palmas


CRISTÓBAL DE HEREDIA

N 1595 Teror


Enlace no conyugal

Mujer no conocida


SEBASTIÁN DE TORO 4

N 1610 Teror 

(h d Sebastián de Toro y Ana Sánchez)

1641 Teror

ANTONIA DE HEREDIA ESTUPIÑÁN

N circa 1620

D 1687 Teror 


SEBASTIÁN DE TORO 5

1679 Teror

Velados Tirajana

LEONOR SUÁREZ



FERNANDO DE QUEVEDO VILLANUEVA

N Teror



JOSEFA SUÁREZ


N 1681 Tunte


JOSÉ BERNARDO DE ULLOA

(h d Alonso de Ulloa y Francisca Paula Rguez del Toro)

1732 Tunte

Dispensa en 3º grado

ANTONIA DE HEREDIA


ALONSO JACINTO DE ULLOA

N circa 1735





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PROCESO CONTRA ALONSO JACINTO DE ULLOA

ES 35001 AMC/INQ 191.002

Proceso en 1752 contra ALONSO JACINTO DE ULLOA, natural de Tirajana, con 16 años no cumplidos, sacristán menor de la parroquial de San Bartolomé de Tirajana por haber inducido a que Agustín Rodríguez Hormiga, hombre casado, fingiese ser confesor.

PADRES Y ABUELOS

José Ulloa, natural de Teror, cuyo padre no lo conoció y Antonia Heredia, natural de Tirajana, hija de Fernando de Quevedo difunto y su abuela no sabe cómo se llamaba.

HERMANOS DE PADRE: No los conoció

HERMANOS DE MADRE:

-Sebastián de Quevedo vº de Tirajana, soltero, labrador

-María Quevedo

-Rosa de las Nieves

HERMANOS DEL DECLARANTE 

José, Francisco, Josefa de Ulloa, solteros, y de menos edad que este. 


ASCENDENCIA ULLOA

Alonso de Ulloa, hijo de Bernardo Ulloa y Margarita de la Haya, se casa en Teror, el 27 de febrero de 1703, con Francisca Paula Rodríguez del Toro, hija de Blas Rodríguez del Río y de Catalina del Toro Heredia (padres del marqués).

Tenemos localizado un hijo de este matrimonio :

José Bernardo de Ulloa, casado en Tirajana, el 26 de julio de 1732 con Antonia de Heredia del Toro, hija de Fernando de Quevedo Villanueva y Josefa Suárez, dispensados en 3°grado de consanguinidad. Esta consanguinidad por la línea de Antonia de Heredia es  porque la madre, Josefa Suárez era hija de Sebastián del Toro (sacristán de la Iglesia de San Bartolomé) y Leonor Suarez (casados en Teror en 1679 y velados en la iglesia de San Bartolomé) y este Sebastián del Toro era hermano de Catalina del Toro ( abuela del contrayente José Bernardo Ulloa), ambos hijos del capitán Sebastián del Toro y de su esposa Antonia de Heredia. 

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MARINA DE BALBOA 

TRASPASO DE CASAS EN TEJEDA A SEBASTIÁN DEL TORO MARIDO DE ANA SÁNCHEZ

ESCRIBANO:   JUAN DE QUINTANA

LEGAJO:  1016    FOTOGRAMA:  171     FECHA: 29 de julio de 1611    FOLIO:  287


“Sepan cuantos esta carta vieren como yo Marina de Balboa viuda mujer que fue de Cristóbal García de Ojeda de la una parte y de la otra / yo Sebastián de Toro vecino del lugar de Terore otorgamos y conocemos por esta presente carta la una parte de nos a la otra y la otra a la otra y decimos que por cuanto Marina Rodríguez viuda mujerr que fue de Diego García, suegra de mí el dicho Sebastian de Toro dio a tributo a mi la dicha Marina de Balboa una casa alta sobradada que es en el lugar de Tejeda con todos sus aposentos debajo de los linderos que se especifican en la escritura del dicho tributo con un pedazo de parral y arboleda en el dicho lugar de Tejeda junto a la dicha casa con el agua que le pertenece linde con tierras del parral que se perdió que era del convento de Santo Domingo y por otra parte el barranquillo de la del agua y por la banda de arriba el camino que va a las dichas casas / con una cueva que es en el barranco que dicen de la [paja]? con cinco cascos y un lagar lo cual se me dio al dicho tributo con cargo de pagar cada un año siete doblas y real y medio / que es el rédito de cien doblas de tributo principal y con cargo asimismo de quince reales de tributo que cada años se paga al dicho Convento como todo consta y parece por la escritura que pasó y se otorgó ante Lázaro de Quesada escribano público que fue de esta isla en 29 días del mes de julio de 1606  en el cual dicho tributo sucedí yo el dicho Sebastián de Toro por habérmelo dado en dote la dicha Marina Rodríguez con Ana Sánchez, su hija, por escritura ante el dicho Lázaro de Quesada en 10 días del mes de diciembre de el dicho año de 1606 y hasta ahora yo la dicha Marina de Balboa ha gozado y gozo de las dichas casas y lo demás contenido en la dicha escritura y del tributo del dicho Sebastián de Toro debo catorce doblas de corridos y al dicho convento sesenta reales los que es y las dichas catorce doblas están a mi cargo y la paga de ello todo / y ahora estamos de acuerdo entre ambos de que yo la dicha Marina  de Balboa cede y traspase en el dicho Sebastián de Toro los dichos bienes según de ello mando que la dicha Marina Rodríguez me los dio con los dichos cargos e yo el dicho Sebastián de Toro (…) en ello por tanto yo la susodicha en la mejor vía e forma que mejor haya lugar de derecho a favor del susodicho ...”

 “… fecha la carta en la noble ciudad real de las palmas que es en esta isla de Gran Canaria en 29 de julio de 1611 años ...”


                                 Sebastián del Toro                                            Paso ante mí

                                                                                                       Juan de Quintana

                                                                                                       escribano público

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DOTE DE MARINA RODRÍGUEZ Y SU HIJO JUAN DE OJEDA A SEBASTIÁN DEL TORO PARA CONTRAER MATRIMONIO CON ANA SÁNCHEZ, SU HIJA

ESCRIBANO:  LAZARO DE QUESADA

LEGAJO:  1006   FOTOGRAMA: 223   4ª PARTE    FOLIO: 789  AÑO:1606


“Sepan cuantos esta carta vieren como nos Marina Rodríguez, viuda, mujer que fue de Diego García de Ojeda e como yo Juan de Ojeda, hijo de la dicha Marina Rodrígues ambos a dos de mancomún Renunciando las leyes de la mancomunidad ...”

 “ … otorgamos e conocemos por esta presente carta e decimos que por cuanto al servicio de dios nuestro señor y de su bendita madre está tratado y concertado casamiento entre Ana Sánchez, hija de mí la dicha Marina Rodríguez, hermana de mí el dicho Juan de Ojeda, con Sebastián del Toro, hijo de Sebastián del Toro, y para ayuda de sustentar las cargas del matrimonio le mandamos en dote y casamiento los bienes y cosas siguientes.

Ítem la mitad de una suerte de tierra que está en los Llanos del lugar de Terore del medio arriba.

Ítem más todas las tierras que parecieren ser nuestras en la Laguna que dicen de Villanueva.

Ítem cien doblas de un tributo que me paga Marina de Balboa y sus herederos impuestos de unas casas cuevas y tierras que se paga el Redito por San Juan el cual ha de cobrar por San Juan.

ïtem le damos en el dicho dote todas las tierras que tenemos en Guardaya las que parecieren ser nuestras.”

“… en el lugar de Terore en 10 días del mes diciembre de 1606 años siendo testigos Antonio García, Cristóbal Ximenes, Hernando del Toro, vecinos y estantes en el dicho lugar y los dichos otorgantes que doy fe conozco e firmaron de su nombre el dicho Juan de Ojeda y Sebastián del Toro ...”

 Juan de Ojeda                 Sebastián del Toro                               Paso ante mí

                                                            Lázaro de Quesada

         Por testigo  Hernando del Toro                                        escribano público 


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RESUMEN DE DOS PLEITOS DE SEBASTIÁN DE TORO EL VIEJO REGISTRADOS EN EL ARCHIVO HISTÓRICO NACIONAL


PROCESO CRIMINAL DE SEBASTIÁN DE TORO AHN 1581-1584

Inquisición 1818 Exp 1

Apelación de Sebastián de Toro, alcalde de Terore y vecino de GC en el proceso promovido por Alonso Martínez, familiar del tribunal de la Inquisición de Canarias por haberle injuriado

Proceso que va en grado de apelación para ante los muy ilustres señores del Consejo de su Majestad de la Santa y General Inquisición

Sentencia: destierro de la ciudad y término de terore por 4 meses, los dos precisos y los otros dos voluntarios y 20 ducados

A 13 de octubre de 1583 Liberación de Sebastián de Toro tras la sentencia con fianza mientras se resuelve la apelación


PREGUNTAS A LOS TESTIGOS DE PARTE DE ALONSO MARTÍNEZ

Vecino de esta isla, Familiar del SO en la causa criminal contra Sebastián de Toro, otrosí vecino de esta isla sobre las injurias que el dicho Alonso Martínez le tiene acusado

1 Si tienen noticias de este pleito

2 Si saben que el dicho Sebastián de Toro mostró por el mes de enero y principio de febrero de este año en que estamos de 1582 voluntad de haber unos pinos en el pinal que dicen de Ojeda que habían caído y saben que el dicho Alonso Martínez acaso también procuró los dichos pinos y que la Justicia y Regimiento se los dieron como mayordomo que él era y es de la ermita del señor San Sebastián de esta ciudad para beneficio de la dicha ermita. Digan lo que saben

3 Ítem si saben que por la Justicia y regimiento se le dieron estos dichos pinos a la dicha ermita y el dicho Alonso Martínez solicitó que se aderezaran para aserrar y tomó posesión de ellos con el alcalde de la Vega que se la dio por su comisión del gobernador de esta isla y tomó la dicha posesión estando los dichos pinos cerca de las puertas de la casa de la Ojeda y el aserrador Antonio Álvarez trabajó en ellos ciertos días y los mondó e hizo tocas para hacer tablado para la dicha ermita. Digan lo que saben

4 Item si saben que estando los dichos pinos como es dicho por de la dicha ermita, el dicho Sebastián de Toro llegó a donde estaban y por su autoridad los sacó y llevó a otra parte do dicen el barranco del Laureal con muchas yuntas de bueyes sabiendo que los dichos pinos estaban por de la dicha ermita por solicitud e instancia del dicho Alonso Martínez y allende que ello se parecía por estar ya labradas las tocas y que el dicho Sebastián de Toro no las había hecho labrar  se le dijo por parte del dicho Antonio Álvarez aserrador cómo él los labraba por orden del dicho Alonso Martínez para la ermita. Digan lo que saben

5 Ítem si saben que con la dicha ocasión que es dicha en la pregunta de arriba de oírsele decir al dicho Sebastián de Toro que el dicho Alonso Martínez hacía labrar los dichos pinos dijo el dicho Sebastián estas palabras: “Pretende aquel puto judío de llevar los pinos para san Sebastián. Juro a Dios que antes lo he de echar fuego y quemarlos que no los lleve” (febrero de 1582)


Ítem si saben que el dicho Sebastián de Toro es altivo, soberbio e insolente avezado a injuriar a muchos y en particular otra vez motejó de judío al dicho Alonso Martínez del que se hizo proceso habrá 15 años poco más o menos ante la Justicia real.



CRONOLOGÍA Y DATOS RELEVANTES DEL PROCESO

A 5 de febrero de 1582, pedimento de Alonso Martínez de admisión de la querella

A 6 de febrero de 1582, citación en el Santo Oficio de Domingo González, guarda del Pinar, y Pedro Gutiérrez, vecinos de Terore.

Declaración de Baltasar Álvarez, aserrador de 30 años

Declaración en 9 de febrero de 1588 de Pedro Gutiérrez vº de Terore, de 25 años, presentes otros testigos: Fernán Báez, aserrador, y Lorenzo Ramos vº de Teror

Declaración de Domingo González vº de Teror de 35 o 36 años

Declaración de Rodrigo Martín vº de Terore de 22 años

Declaración de Hernán Báez vecino de Terore

Declaración de Francisco García vecino de Teror

Declaración de Miguel López, vecino de Teror


Solicitud de mandamiento de prisión para Sebastián de Toro por parte de Alonso Martínez

Mandamiento de prisión para Sebastián de Toro en la cárcel pública de la ciudad

A 19 de febrero, escrito de Sebastián de Toro presentándose ante la Justicia y pidiendo que se le tome confesión

A 21 de febrero de 1582, juramento y declaración:

“Dijo que se llama Sebastián de Toro y que es alcalde de Terore y que es de edad de 38 años (Ha nacido pues en 1544).

Dijo que conoce a Alonso Martínez, vecino de la ciudad, y que hasta ahora no sabe que sea familiar de este Santo Oficio.

Dijo que este declarante fue un día a buscar ciertos pinos que tenía en el pinar por mandamiento del gobernador y los llevó y no trató del dicho Alonso Martínez ni de cosa suya ni tenía para qué tratar ni dijo las dichas palabras de puto judío ni se acordó de él y si algina cosa ha dicho alguna persona será enemigo de este declarante y esta es la verdad por el juramento que tiene hecho y lo firmó Sebastián de Toro ante mí Pedro Martínez de la Vega Notario.

A 26 de febrero se presenta una nueva alegación por parte de Alonso Martínez reiterando las injurias recibidas y solicitando tormento para el acusado.

Nueva comparecencia de Sebastián de Toro en 7 de marzo de 1582 solicitando la exculpación por no proceder nada contra él. Declara a la vista de lo que dice Alonso Martínez “que siempre lo ha tenido como amigo y mi padre lo fue del suyo íntimamente y yo no soy acostumbrado a decir semejantes palabras…” Finalmente pide la absolución de la querella y solicita, mientras tanto, dado que es alcalde de Terore, le den la cárcel por isla, “estando presto de dar las fianzas que vuestras señorías manden”


En marzo de 1582 se notifica la petición a Alonso Martínez y este presenta nueva réplica:  

“Yo puse acusación a Sebastián de Toro y él se anda paseando por las calles que habrá diez días que se fue a Terore y agora pidió licencia en este día para irse a Terore y si de esta parte anda no podría ver yo justicia. Pido y suplico le manden dar cárcel dentro de las casas del Santo Oficio o la de Su Señoría, la cárcel pública por cárcel y con pena al alcaide que no lo suelte sin mandado de su señoría.


La decisión del inquisidor a 10 de marzo fue:

“…que le fuese dado y fiado esta isla por cárcel…”


En mayo de 1582 declaración inicial de los testigos propuestos por Alonso Martínez:

Baltasar Álvarez, Pedro Gutiérrez y Lorenzo Ramos


En julio de 1582 ante Alonso de Cárdenes escribano y del cura de Teror Fray Cristóbal Bueno Mudarra se pide ratificación de las declaraciones de los testigos presentados por Alonso Martínez del cual dicen que lleva tres años de alcalde de las cárceles del Santo Oficio. Los testigos presentados fueron:

-Pedro Gutiérrez de 25 años

-García de Osorio, natural de España.

-Baltasar Álvarez vº de la ciudad, aserrador de 30 años.

-Diego Romero alcalde de la Vega de 6 años a esta parte.

-Lorenzo Ramos de 35 años.


Las preguntas de Sebastián de Toro y su propuesta de testigos en junio 1582:

1 Si conocen a las partes y tienen noticias de esta causa.

Si sabe que el dicho Sebastián de Toro es hombre muy comedido y considerado y lo que habla, pacífico y sin perjuicio de nadie, buen cristiano temeroso de Dios y que vive de su hacienda y contratos limpiamente y con oficios honrosos y de presente ha sido y es alcalde del lugar de Terore y la Vega y saben los testigos que no haría ni díría cosa que no debiese y en esta reputación es habido y tenido sin haber cosa en contrario.

Si saben que el dicho Alonso Martínez familiar es hombre ocasionado pendenciero inquieto y no obediente a las justicias y por esta razón ha estado muchas veces preso y comúnmente es habido y tenido por amigo de pleitos y calumnias como ha sido con Delicado y Peralta y otras personas…

Los testigos propuestos y convocados fueron:

T1 Nicolás de Peralta de 26 años quien dice que Martínez estuvo preso en la cárcel pública de la ciudad y que estuvo 4 o 6 días los pies metidos en el cepo

T2 Jerónimo de Ore, clérigo presbítero, de 49 años quien dice que Martínez tuvo pleitos con Delicado, zapatero, y con Gonzalo Rodríguez.

T3 Juan Rodríguez vecino de la isla de 60 años.

T4 Miguel Alonso Castillejo de 48 años.



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ALGUNAS NOTAS SOBRE EL PLEITO ANTERIOR DE 1567 HABIDO ENTRE LOS MISMOS PERSONAJES DEL QUE CONSTA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA


Alonso Martínez el denunciante, era mercader de ropa,(ropero) e hijo de Cristóbal Travieso y de Juana Gómez, labradores, vecinos de Umanes a 4 leguas de Madrid.

Estas son las palabras que  le dirige Sebastián de Toro a Alonso Martínez desde el balcón de su casa después de haberlo tildado de judío por haber venido e compañía de un escribano a cobrarle una deuda a su casa en día domingo: “andad que bien se sabe quién sois vos…”. Parece querer decir con ellas que su acusación de judío está fundada.


Luis Gómez alguacil de esta isla de 30 años informa de sucesivos intentos para que se presente ante la Justicia  Sebastián de Toro y de un intento de prendimiento:

Pregón en la calle Triana junto al baluarte donde viven los hombres de la mar siendo testigos Diego de Cuadros y Simón Buin, el cual pregón se dio por Jerónimo Rodríguez

La primera orden de captura se produce en noviembre de 1567

En 14 de noviembre yéndolo a prender se metió en Santo Domingo donde quedó recluso. 

Se dicta nuevo pregón a 18 de noviembre.

Una tercera rebeldía tuvo lugar en diciembre.

Luis Gómez requisa entonces una capa y sayo negro y unas calzas negras y un jubón como bienes de Sebastián de Toro, todo lo cual se deposita en Alarcón, boticario.


TESTIGOS PRESENTADOS POR LA ACUSACIÓN:

T1 Luis de Padilla escribano de 26 años

T2 Luis Gómez alguacil de 30 años

T3 Juan García vecino de Teror de 31 años. Este testigo dice haber conocido a Juana Gómez madre del dicho Alonso Martínez del dicho pueblo de Umanes y al dicho su padre no lo conoció.

T4 Alonso de Cisneros de 50 años.

T5 Adrián de Padilla de 39 años.

T6 Pedro de Cabrejas de 26 años.

T7 Juan de Vega Prior Racionero en señora Santana, de más de 40 años.

T8 Diego Ortiz de Espinosa vº de Terore de 50 años.


En 19 de julio de 1568  se produce la declaración de Sebastián de Toro estando este en la cárcel planteando entre otras cosas en su defensa que su hermano Francisco Muñoz agredió a Lorenzo Ramos hijo de Antonio Lorenzo de ahí la inquina de este hacia él en este proceso.


Declaran asimismo diversos testigos propuestos por Sebastián de Toro en su defensa:

-Alonso de Cárdenes, de 40 años

-Diego González vº de Terore de 50 años

-Cristóbal García vº de Terore de 50 años


Asimismo declaran ciertos testigos de parte de la acusación en este proceso de 1576: 

T1 Alonso de San Juan, escribano público, de 26 años, familiar del Santo Oficio desde hace siete.

T2 Bartolomé Díaz, cantero vecino de esta isla, de 50 años más o menos, quien dice que Sebastián de Toro es hombre soberbio y presuncioso y que ha injuriado a muchos de palabra y que este testigo oyó decir que habrá cuatro meses que el dicho Sebastián de Toro dio un bofetón a un hombre en Terore.

T3 Gregorio Trujillo Osorio, canónigo,

T4 José Díaz, fiscal de Santo Oficio de 48 años.

T5 Hernán Peraza, alguacil mayor de la Inquisición de 55 años.

T6 Juan Codina vecino de la isla y familiar del Santo Oficio, de 65 años


En el folio 91, fecha 15 de abril de 1568, consta que Alonso Martinez, desistía de la querella y se apartaba del juicio.

En el folio 92, fecha 19 de julio de 1568, comparece Sebastián de Toro, quien se desiste de haberle llamado judío y con ello queda finalizada la denuncia. 



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NOTICIAS FAVORABLES A SEBASTIÁN DE TORO ACERCA DE LA PROSPERIDAD DE LA APELACIÓN  DE LA SENTENCIA DICTADA EN  1583

(Obtenido en la Colección BUTE )

Autos que se han proveído en la prisión de Alonso Martínez que ejerció de alcaide de las cárceles secretas de esta inquisición. 4 de Marzo, 1584. fol. 202.

The above Alonso was probably accused of dereliction of his duties; but no reason is assigned for his imprisonment; as appears from the petition of the fiscal:  

“En Canaria, 7 de Marzo de 1584 años, ante el señor Inquisidor licenciado Juan Lorenzo en la audiencia de la tarde. El licenciado Joseph Armas, fiscal de este santo oficio, digo que por carta de los muy ilustres señores del consejo de su majestad de la santa general inquisición escrita en treinta días del mes de Julio del año pasado de ochenta y tres recibida en este santo oficio en treinta de diciembre del dicho año, se mandó que Alonso Martínez vecino de esta ciudad que ejerció oficio de alcaide de las cárceles secretas de esta inquisición fuese preso en ellas sin ser suelto hasta que otra cosa se ordenase, y habiéndose ejecutado la dicha prisión en veinte y tantos de enero de este año en las dichas cárceles secretas, después por auto que V. S. pronunció en cuatro días del mes de febrero pasado mando con pena de excomunión a Gaspar Martín que ahora ejerce oficio de alcaide de las dichas cárceles que todas las veces que la mujer y un hijo del dicho Alonso Martínez y las personas a quien hubiese fiado ropa viniesen a hablar y negociar con él lo sacase de las dichas cárceles a la sala del alcaide, etc.”, he obtained considerable relaxation from restraint, was temporarily liberated on condition of not leaving his house without permission (fol. 211), as he was ill, on recovery he was again committed to the secret cells, and not allowed to communicate with any persons, (fol. 212). 

He again became ill and the physician of the Inquisition, after visiting him (fol. 213),  “dijo que él ha visitado al dicho Alonso Martínez el cual está enfermo con un dolor de cabeza gravísimo y una hinchazón que entiende se le ha de abrir, y que otra vez tuvo otra semejante y se le abrió y echó materias y tiene un poco de calor que tiene necesidad de curarse y regalarse y que estas cárceles son muy incómodas y húmedas para ello y que tiene necesidad de ponerle do se pueda curar," etc., sworn by the doctor Alonso Fiesco, 23rd December, 1585.

On the 10th February the prisoner appeared before the Inquisitors don Diego Osorio de Sejas and Juan Lorenzo, "e dijo que suplicaba a su señoría. le diesen lugar a que saliese al patio a espulgar su cama porque juraba que de noche no dormía con pulgas."  The Inquisitors allowed his petition but gave orders that he was not to communicate with any persons. 

He was again ill 24th March, 1586, and required medical attendance; the sworn statement of Doctor Alonso Fiesco at fol. 214, relates “que él ha visto y visitado al dicho Alonso Martínez, el cual esta con una poca de calentura y con grandes dolores de cabeza por ser él achacoso del mal de bubas y por este respecto de las reumas que le corren está falto de la vista que casi no conoce, y dice que de noche le crece la calentura más, y que tiene unas cámaras con alguna sangre, el cual tiene mucha necesidad de curarse, y que corren mucho riesgo en estar en la cárcel donde está con ser la mejor que hay porque es muy húmeda y dañosa para su salud, etc.

On the 26th March, 1586, he was found " en pie y la cabeza recostada sobre las almohadas, dando muchos quejidos y gemidos, y preguntádole le dijo se estaba muriendo y que le dejase allí una vela de pera porque muriese con candela porque le parecía que aun al día no llegaría," etc. fol. 214.

He was permitted to go to his house, but not to communicate with any beyond his own family, etc. (fol. 214&.), after a short examination respecting his treatment in prison. The article does not conclude with any final directions for his imprisonment, or

release, and is probably deficient in some papers at the end.



CONCLUSIONES ACERCA DE LA GENEALOGÍA DE SEBASTIÁN DE TORO EL VIEJO (1544.1609)

Con los datos recabados y publicados a lo largo de este trabajo podemos establecer que Sebastián de Toro el viejo ha nacido, como se determina en su propia declaración, en 1544, probablemente en La Vega o en Teror. No consta su registro bautismal ni el de sus hermanos en El Sagrario por lo que pensamos que fue bautizado en Teror cuyos primeros registros del siglo XVI están perdidos.

Es hijo sin lugar a dudas de su padre homónimo, Sebastián de Toro, maestre de mozos que es al mismo tiempo labrador y vinatero con repartimientos en El Lentiscal de La Vega y en El Zumacal  de Teror (hoy Valleseso) que pasarán  a manos de su hijo.

Su madre es de apellido Muñoz, y según los genealogistas venezolanos su nombre completo es María Muñoz. Tenemos dudas acerca de su genealogía. Podría ser una  hija de Alonso Muñoz y Leonor García (de los Muñoz de Teror)   o bien podría ser de los Muñoz de la Vega relacionados con los Alarcón. Al respecto nos intriga el hecho de que las ropas requisadas a Sebastián de Toro el viejo en su pleito de 1567 con el ropero Alonso Martínez fueron entregadas a Alarcón para su custodia, lo que parece indicar una relación familiar entre Alarcones y Muñoces.

Hijos de Sebastián de Toro, maestre de mozos. y María Muñoz y hermanos por tanto de Sebastián de Toro el viejo, el nacido en 1544, son Francisco Muñoz, presuntamente huido de la justicia y de la isla por agresiones al vecino de Teror Lorenzo Ramos, y María Ramos de quien sabemos por el testamento de Sebastián que había sido enterrada en la Iglesia del Pino.

Sebastián de Toro tuvo con una manceba o esclava cuyo nombre desconocemos a Hernando de Toro y a Sebastián de Toro y con su esposa Catalina Pérez de Villanueva a cuatro hijos legítimos, los cuales eran menores a su muerte en 1609: Félix, Andrés, Bartolomé y Alonso.


Con todo esto, podemos apuntar que la genealogía de los Toro de Gran Canaria está  plagada de anomalías, siendo para nosotros evidente que determinados sucesores ilegítimos de Sebastián de Toro el viejo manipularon datos e hicieron  desaparecer documentación relevante para proceder al encumbramiento social que les supuso el marquesado de Toro.

La historia se repite y nosotros con este trabajo integrado en la sección Desfaciendo entuertos, que será el título de nuestro próximo libro de historia familiar canaria, pretendemos contribuir al esclarecimiento de presuntos fraudes y martingalas genealógicas.


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